Asignación Universal por hijo
Es una asignación mensual por hasta 5 hijos menores de 18 años. La cobra uno solo de los padres priorizando a la mamá. Para cobrar cada mes tenés que presentar una vez al año la Libreta de cada hijo.
La asignación universal por hijo se constituye en un derecho adquirido por la población para protección social. Es un seguro social que otorga a personas desocupadas, que trabajan empleados en negro o que ganan menos del salario mínimo, vital y móvil un beneficio por cada hijo menor de 18 años e hijo con discapacidad, cuyos ingresos no superen el salario mínimo, vital y móvil.
A quiénes les corresponde
Al padre o madre que viva con los menores que esté en alguna de las siguientes situaciones:
- Desocupado.
- Trabajador no registrado (sin aportes).
- Trabajador del servicio doméstico.
- Monotributista social.
- Inscripta en Hacemos Futuro, Manos a la Obra y otros programa de trabajo.
Requisitos
De los padres y del hijo:
- Ser argentinos, residir en el país y tener DNI. Si son extranjeros o naturalizados, tener 3 años de residencia y DNI.
Del hijo:
- Ser menor de 18 años. No hay límite de edad en caso de hijo con discapacidad.
- Ser soltero.
La asignación universal por hijo le garantiza al niño su concurrencia a la escuela. Asegurándole a él su derecho a educarse y al Estado el control del cumplimiento de la obligatoriedad de nivel primario y secundario. Y esto se logra simplemente con la presentación de certificado de alumno regular al momento de realizar el trámite para cobrarlo.
Sin embargo, en este año 2020 la Anses modificó el trámite para cobrar la asignación por ayuda escolar anual para facilitar su acceso a quienes tienen hijos de entre 4 y 17 años de edad por medio de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el organismo estableció que no será necesaria la presentación del certificado de escolaridad al 31 de diciembre de 2019. El requisito de presentar el certificado de alumno regular en diciembre anterior al año en curso había sido agregado por la gestión de Mauricio Macri.
La asignación por ayuda escolar anual consiste en el pago de una suma de dinero que se hace efectiva en marzo de cada año, y se abona por cada hijo que concurra regularmente a establecimientos de enseñanza básica y polimodal o bien, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos oficiales o privados donde se imparta educación diferencial.
Este año, el monto correspondiente por cada hijo escolarizado es de $2300. Según estadísticas de la ANSeS, la asignación es percibida por alrededor de 6,3 millones de familias.
En la resolución, el organismo aclaró que "la falta de presentación de los certificados escolares al 31 de diciembre de 2019 no se encuentra necesariamente ligada a trayectorias escolares discontinuas. Por lo tanto, es menester continuar profundizando el trabajo articulado con los distintos Organismos y Ministerios para realizar acciones conjuntas que tiendan a resolver las barreras para que los niños, niñas y adolescentes puedan acceder y sostener el derecho a la Seguridad Social".
Además, recordó que la Ley N° 27.541 declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, debido a "la gravedad de la situación económica que afronta el país".
Por ese motivo, indicó que "en función del contexto económico y social de emergencia y ante el inminente inicio del ciclo lectivo, corresponde derogar el punto 5, del Apartado "Asignaciones De Pago Mensual", de la Resolución N° 2019-203- ANSeS, con el fin de garantizar que los niños, niñas y adolescentes de 4 a 17 años inclusive, que presenten el certificado correspondiente hasta el 31 de diciembre, perciban en forma masiva, al inicio del ciclo lectivo, la Asignación por Ayuda Escolar"